INFORME

No atice el fogón, que tiene brasa de peraleja

No se trata de soslayar los intereses propios de cada grupo social, que muchas veces se contraponen, sino de advertir lo avanzado en perspectiva de tramitar la convivencia armónica que demanda el territorio y la sociedad.

MinAgricultura responde a preocupaciones por decreto que modificaría el ordenamiento territorial en el Cesar

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El pronunciamiento de algunas autoridades, advirtiendo que el Decreto 0488 del 5 de mayo de 2025, emitido por el Ministerio del Interior, podría provocar una guerra civil, por cuenta de los conflictos de campesinos e indígenas en la Serranía del Perijá, es un mensaje que aflora tensiones y agrava fracturas que están vigentes, y no se pueden agudizar desde los parlantes oficiales. 

No se trata de soslayar los intereses propios de cada grupo social, que muchas veces se contraponen, sino de advertir lo avanzado en perspectiva de tramitar la convivencia armónica que demanda el territorio y la sociedad. Los contenidos y alcances de la norma cuestionada tiene efectivamente aristas que derivan muchos inquietudes y confusión; su oportuna valoración, estudios e implicaciones resulta pertinente desde todas las instancias. 

En su análisis no perdamos la dimensión del su acceso democrático,  como está reglamentada la entidad territorial indígena demanda la voluntad de las autoridades de cada pueblo indígena, y allanarse a condiciones institucionales; ese factor volitivo en una comunidad “singular” como es el mundo yukpa, resulta preciso conocer su determinación y no concluir desde pragmatismos subjetivos. 

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Nuestra arquitectura institucional en la Carta Política está modelada desde los tiempos de la naciente independencia conjugando la convivencia de poderes locales disímiles, unas veces complementarios y muchas contradictorios; el acentuado enfoque del constituyente del 91 en reconocer y validar entidad política a la diversidad étnica, cultural y territorial del universo colombiano, contrasta entre otras, autoridades y competencias del Gobierno nacional  que siempre está en departamentos, municipios y distritos, con las entidades territoriales indígenas que reglamenta el referido decreto; tenemos pendientes la región autónoma territorial y las provincias que también llegarán. Las CARs de origen constitucional no pueden ser obviadas en el debate.

Debemos admitir que la gestión del territorio, la administración de sus recursos, la prestación de servicios, la planificación de su desarrollo y el complejo manejo de sus intereses políticos convoca una madeja de poderes concurrentes, donde resulta previsible las tensiones y conflictos en el abordaje de las entidades de gobierno para ejercer sus respectivas competencias.

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No sorprende entonces que la Secretaría de Gobierno del departamento convoque algunos alcaldes y voceros de gremios económicos locales para advertir de las implicaciones que pueden sobrevenir en el nuestro, que después del Cauca es el territorio con mayor diversidad étnica, y donde además de los 4 pueblos indígenas de la Sierra Nevada, tenemos parte de los sobrevivientes del disperso pueblo Chimila, y en la Serranía del Perijá a los Barí-Motilones y al pueblo Yukpa. 

Estos últimos organizados en seis resguardos, asentados con sus autoridades propias en el territorio, que han mantenido su histórica condición seminómada, por lo que regularmente mueven el tablero.

Sin embargo, es preciso aclarar que a pesar de la debilidad institucional y organizativa que se observa en los yukpas, las actuaciones de sus seis resguardos, especialmente en lo referente al saneamiento y expansión de su territorio, han estado sujetas a las órdenes judiciales dictadas por la Corte Constitucional, siguiendo procedimientos reglamentados por la Ley 160 de 1994, el Decreto 2164 de 1995 y decreto 2333 de 2014, modificado por el Decreto 746 de 2024. 

El asunto es que el pueblo indígena yukpa, en grave riesgo de exterminio físico y cultural, reconocido por la T-025 de 2004 de la Corte Constitucional y su desarrollo en el Auto 004 de 2009, que ampara el desplazamiento forzado y las graves violaciones del conflicto armado y la violencia, también ha vivido pasajes de confrontación y conflictos con las comunidades campesinas, asentadas en veredas del Perijá; así mismo se han resistido a políticas del Gobierno nacional en muchas oportunidades. Ha sido consistente su renuencia a la minería.

Los conflictos entre campesinos y yukpas

Los principios de defensa y lucha por su ámbito de vida fueron potenciados desde las autoridades del pueblo Yukpa el 20 de julio del año 2016, cuando los seis cabildos de entonces le notificaron al gobierno del presidente Santos, a la reciente desmovilizada FARC-EP, al Sistema de Naciones Unidas y gobiernos de países garantes y acompañantes del proceso de paz, la decisión de no permitir que se instituyera en su territorio ancestral (Los Encantos) una Zona Veredal Transitoria de Normalización.

Insistieron ante el gobierno nacional y la ONIC que la instalación de la ZVTN en Tierra Grata sin allanar el derecho fundamental de la consulta previa e informada, les situaba “en riesgo de desplazarse forzadamente a las ciudades de Valledupar, Bosconia, Dibulla y Santa Marta”; impetraron acción de tutela sobre el particular, de la que se derivó la Sentencia T-713, hito jurisprudencial de la Corte Constitucional en la materia.

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En paralelo y desde aquellos tiempos, el pueblo yukpa también sostiene una abierta diferencia de criterios y visión del territorio con la Asociación Campesina de la Serranía del Perijá, Asoperijá, que ha venido insistiendo en la constitución de una zona de reserva campesina entre los municipios de Manaure, La Paz, San Diego y Codazzi. 

El conflicto de la etnia yukpa y los campesinos en la Serranía del Perijá no es nuevo ni de poca monta; la Defensoría del Pueblo ha monitoreado y documentado el asunto, logrando mediar en su trámite y manejo.

Se conoce del último episodio ocurrido entre el 31 de mayo y el 1 de junio de 2025 en la vereda El Once, del corregimiento de Llerasca, municipio de Codazzi, donde un grupo de indígenas yukpas irrumpieron abruptamente en algunas parcelas de economía campesina, con machetes y otros elementos, sacrificaron más de medio centenar de reses; sucesos similares han ocurrido en años anteriores, particularmente en la ruralidad de los municipios de la Paz y Codazzi. 

Allí en El Once se presentó un hecho más grave entre el 15 y 16 de diciembre de 2018 cuando yukpas atacaron con piedras y flechas a campesinos, resultando herido por una flecha en el abdomen el campesino Walter Arzuaga.  La oportuna intervención de la Defensoría del Pueblo en apoyo a las autoridades locales ha sido definitiva para sortear los graves hechos referidos; sin embargo, el espectro de conflictividad demanda resultados en clave de prevención y respeto al derecho que le asiste a todos los actores legales presentes en la Serranía del Perijá.

Hace su tarea el gobierno del Cesar al anticiparse a evaluar los tópicos y escenarios que pueden sobrevenir por el proceso ordenado por la Corte Constitucional en Sentencia T-2017 (de nuevo un fallo judicial) que dispuso la delimitación del territorio ancestral del pueblo yukpa, asunto particularmente complejo por su naturaleza seminómada. 

Los legítimos intereses del pueblo campesino, los proyectos de conservación y restauración ambiental, las iniciativas agroalimentarias,    los proyectos energéticos, las agendas de turismo sostenible, las cadenas de valor sostenible, etc., todas apuestas que exigen un entorno de seguridad, convivencia y confianza en “el universo de vida” donde estamos inmersos y su entorno: La Serranía del Perijá. 

Atrevernos a construirlo en unidad y armonía es el desafío; por eso a propósito de los conflictos que necesariamente debemos tramitar, nos viene bien aquel mandato de las abuelas: “¡No atice el fogón, que tiene brasa  de peraleja!”.

Por Cristian Moreno

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