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Corte Suprema tomó decisión de fondo sobre la prostitución: ya no habrá “clientes” en Valledupar

Un fallo histórico sobre explotación sexual de menores replantea el lenguaje jurídico y mediático sobre prostitución y pone bajo la lupa lo que ocurre en la calle 12 y otros corredores nocturnos de la ciudad.

En corredores como la calle 44, La Nevada y la zona rosa de Valledupar, la oferta de sexo pago convive con posibles casos de explotación sexual de mujeres y adolescentes, un panorama que la nueva sentencia de la Corte Suprema obliga a mirar sin eufemismos. Foto: La Calle.

En corredores como la calle 44, La Nevada y la zona rosa de Valledupar, la oferta de sexo pago convive con posibles casos de explotación sexual de mujeres y adolescentes, un panorama que la nueva sentencia de la Corte Suprema obliga a mirar sin eufemismos. Foto: La Calle.

Por: Katlin

@el_pilon

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Aunque en Valledupar casi no existen cifras públicas sobre “actividades sexuales pagas”, el mapa de las noticias judiciales revela unos puntos calientes que se repiten y que las autoridades solo parecen ver cuando hay operativo o escándalo. En La Nevada, por ejemplo, se han reportado casos de proxenetismo con menores en residencias; en la calle 44, crónicas locales describen una avenida donde el sexo se ofrece a plena luz, con mujeres que en muchos casos viven en barrios como 25 de Diciembre, mientras en la intersección con la carrera 27 se prostituyen personas trans; al sur, en el barrio Panamá, se desmanteló un lenocinio donde rescataron mujeres venezolanas víctimas de trata; y en el centro histórico, hoteles y discotecas de sectores como San Joaquín y Los Cortijos han sido escenario de controles en los que aparecen menores dentro de bares y billares. 

Pese a este rastro permanente de explotación y abuso, la ciudad sigue sin un sistema de información que nombre el problema por su nombre y sin una política robusta que ataque la demanda en estos mismos lugares donde el mercado sexual se alimenta todos los días. En este contexto aterriza la sentencia SP287-2026 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que confirmó la condena contra Luis Carlos Toro Cano por pagar a tres niñas y un niño, de entre 11 y 13 años, para tocamientos y actos sexuales en Medellín. 

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El alto tribunal insistió en que la prostitución es una forma de violencia sexual y estructural, y que quienes pagan por actos sexuales no son “clientes” sino explotadores o prostituyentes, en línea con la relatoría de Naciones Unidas sobre violencia contra las mujeres y las niñas.

“No son clientes, son explotadores”

Para Shirley Silva, abogada penalista con enfoque de género, más que un tema técnico se trata de nombrar la realidad. Explica que llamar “clientes” o “usuarios” a quienes pagan por acceder al cuerpo de mujeres, niños, niñas y adolescentes justifica e invisibiliza su conducta, mientras que la sentencia adopta el lenguaje recomendado por el derecho internacional: prostituyentes, explotadores directos, demandantes, es decir, quienes sostienen el mercado sexual, la explotación y la trata como “primer eslabón de la cadena de explotación”.

Silva subraya que el fallo incorpora un enfoque de derechos humanos que entiende la prostitución como manifestación de violencia estructural, ligada a pobreza, desigualdad, desplazamiento y otras formas de vulnerabilidad, y se alinea con el informe de 2024 de la relatora de la ONU, que propone despenalizar a las personas en situación de prostitución y concentrar la respuesta penal en quienes generan la demanda.

“No es prohibición, es abolicionismo”

Estefanía Osorio Hernández, abogada penalista, especialista en Derecho Penal de la Universidad Pontificia Bolivariana y magíster en Justicia Penal de la Universidad de Salamanca, considera que el precedente fijado por la sentencia SP287 de 2026 obliga a revisar seriamente las políticas locales. “Aterrizar este enfoque implica que los gobiernos locales adopten, de manera seria, un lenguaje y una perspectiva de derechos humanos que no son nuevos, pero que históricamente han encontrado resistencia cuando se trata de reconocer plenamente los derechos de las mujeres y las niñas”, afirma.

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Osorio insiste en que la prostitución no debe entenderse desde una lógica de prohibición, sino desde una perspectiva abolicionista, recordando que hay bienes —como el cuerpo humano— que no son disponibles para el mercado ni pueden ser objeto de un ‘contrato sexual’, incluso cuando se invoque el consentimiento. A esto se suman, dice, factores como la pobreza, la desigualdad y la falta de oportunidades, que profundizan las dinámicas de explotación y trata de personas.

Un desafío para fiscales, jueces y medios

Para la jurista, el cambio de lenguaje tiene efectos directos en la justicia y en la opinión pública. “No se trata de un simple cambio de lenguaje; se trata de nombrar las cosas correctamente. Lo que no se nombra, se invisibiliza”, advierte al señalar que llamar “clientes” a quienes pagan por acceder sexualmente al cuerpo de mujeres o niñas normaliza relaciones de explotación y violencia.

En su criterio, fiscales, jueces y medios de comunicación deben dejar de presentar estas conductas como consumo de un servicio cualquiera y comenzar a abordarlas como ejercicio de poder económico sobre cuerpos históricamente vulnerabilizados y cosificados. Esto implica, además, dejar de perseguir a las mujeres en situación de prostitución y enfocar la acción del Estado en quienes sostienen el negocio, fortaleciendo al mismo tiempo rutas de atención, educación, empleo y oportunidades reales para las víctimas.

Lo que deberían hacer las autoridades en Valledupar

A la luz del fallo, Osorio plantea que el primer paso para las autoridades locales es reconocer plenamente a las mujeres y a las niñas como sujetos de derechos y no como objetos de consumo. Eso pasa por educar desde los colegios y las políticas públicas en una cultura que rechace la cosificación, usar un lenguaje adecuado y enfocar los esfuerzos institucionales en perseguir la demanda y a quienes se benefician económicamente de la explotación, en lugar de criminalizar a las víctimas.Fortalecer las rutas de denuncia y atención, mejorar el acceso a educación y empleo, y trabajar con las comunidades de barrios y zonas de rumba para identificar tempranamente posibles casos de explotación sexual infantil son, según la experta, medidas urgentes si se quiere que una sentencia como la de la Corte Suprema no se quede solo en el papel.

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