La Corte Constitucional sorprendió al país este jueves 29 de enero al tomar la decisión de suspender la emergencia económica que había sido decretada semanas atrás por el presidente Gustavo Petro. Dicha decisión tomada por los magistrados revirtió varios de los decretos que habían sido impulsados desde el Gobierno nacional.
IVA del 19 % a bebidas alcohólicas
Una de las medidas más controvertidas fue la implementación del IVA del 19 % a las bebidas alcohólicas de alta graduación. Tanto gobernadores como alcaldes habían expresado su preocupación por el efecto negativo en las finanzas departamentales, dado que los impuestos sobre el licor constituyen una fuente de ingresos fundamental para las regiones.
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Impuestos a la energía
La normativa establecía una contribución parafiscal del 2,5 % aplicada a la utilidad antes de impuestos de todos los generadores de energía (hidráulicos, solares y térmicos). Adicionalmente, se imponía una contraprestación del 12 % sobre la energía vendida en bolsa por las centrales hidroeléctricas en el año 2026.
A estas disposiciones se añadió un proyecto de decreto complementario que estableció nuevas contribuciones para los productores de energía eléctrica, destinadas a financiar la intervención de Air-e en la región Caribe, tema de mucho interés, especialmente, en el Cesar.
Impuesto al patrimonio
El decreto restablecía e incrementaba el impuesto al patrimonio, aplicando tarifas progresivas que alcanzaban hasta el 5 %; tomando un aspecto central de la fallida reforma tributaria, impactando a individuos y corporaciones con elevados patrimonios.
Aumento de renta a entidades financieras
El Gobierno propuso un aumento de 15 puntos porcentuales en el impuesto de renta para las entidades financieras, justificándolo en la capacidad de pago del sector. Sin embargo, los bancos ya habían advertido sobre el riesgo de que esta medida impacte el costo del crédito, lo cual ya no sucederá.
Impuestos a importaciones de bajo valor
La nueva normativa, establecida por decreto, disminuyó el umbral de ‘mínimis’ para las importaciones de bajo valor de 200 a 50 dólares. Aunque esta modificación tiene como objetivo incrementar la recaudación fiscal y reducir las oportunidades de evasión, afectaba negativamente tanto a los pequeños importadores como a los consumidores que realizan compras a través de plataformas internacionales.
Impuesto del 1 % a la extracción de petróleo y el carbón
El paquete fiscal conservó el impuesto del 1 % a la extracción de petróleo y carbón. El sector minero-energético había expresado su preocupación, argumentando que este gravamen perjudicaba la competitividad y desalienta la inversión en una industria vital, siendo una de las principales fuentes de divisas para el país.









