Es muy probable que a lo largo del presente año hubieran recibido y, quizás, también leído, varios correos electrónicos que se han transmitido con noticias, solicitudes de autorización de tratamientos de datos personales y declaraciones tales como: “Nos preocupamos por su privacidad”. Es posible que, así mismo, hubieran recibido decenas de emails con “avisos importantes”, “revisión de políticas” o “actualizaciones de privacidad”. Todos estos mensajes se relacionan con el Reglamento General de Protección de Datos (RGDP) vigente en la Unión Europea (UE) desde el 25 de mayo de 2018. No obstante, al revisar esos correos electrónicos no todos parecen ser compatibles con los requisitos dispuestos en el RGDP y, de hecho, la mayoría de ellos no han logrado el requisito de “simplificación” del Reglamento, el cual fue uno de los muchos objetivos que se determinó en éste. Es más, los correos electrónicos con material excesivo y escritos en abundante “jerga legal” (lenguaje técnico-jurídico), no permiten que el consentimiento sea informado para la mayoría del público, debido al lenguaje extremadamente complejo utilizado.
Es por ello que, si bien se ha hablado bastante desde el punto de vista del usuario persona natural respecto de los derechos e implicaciones que tales cambios generan, debemos preguntarnos ¿Qué pasa con la PYMES colombianas? ¿Cómo repercute la implementación del RGDP en aquellas PYMES que proveen productos o servicios, a distancia o no, a consumidores ubicados dentro de la UE?
Es esta la razón por la que queremos proporcionarles un útil y sencillo panorama de los aspectos más importantes para las Pymes colombianas que operan o puedan llegar a operar en la Unión Europea (UE), recabando en las repercusiones que plantea el vigente RGDP en la economía digital y en tres consejos para identificar un posible cumplimiento de tal Reglamento.




