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“No podemos apoyar el artículo que permite la expropiación exprés de tierras”: Eliécer Salazar

El artículo 9 del proyecto fija las competencias de los tribunales agrarios y rurales en primera instancia, incluidas materias como expropiación agraria, procesos sobre tierras y controversias relacionadas con la propiedad y la tenencia.

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El representante a la Cámara por el Cesar, José Eliécer Salazar, anunció que no respaldará el artículo 9 del proyecto de ley que regula la Jurisdicción Agraria y Rural, por considerar que abre la puerta a que la Agencia Nacional de Tierras (ANT) quite derechos de propiedad en el campo mediante simples actos administrativos, sin suficientes garantías judiciales.

En un video reciente, el congresista recordó que esta discusión no es nueva y que ya en el trámite del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 se opuso a lo que se conoció como “expropiación exprés”, figura incluida en el artículo 61 de esa norma y luego archivada tras fuertes críticas por el alcance que podía tener sobre la propiedad privada.

“Desde que tramitamos el Plan Nacional de Desarrollo me he opuesto al famoso trámite de la jurisdicción agraria de forma exprés. Hoy lo están intentando nuevamente a través de un proyecto de ley”, afirmó Salazar, al cuestionar el alcance del artículo 9.

Según el representante, esa disposición permitiría que la ANT “quite sin condicionamiento jurídico ni legal” los derechos que tenga cualquier propietario en la zona rural solo con una resolución o un acto administrativo, lo que, a su juicio, desborda las funciones de la entidad y debilita el control de los jueces.

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“Eso generaría un conflicto inmenso entre propietarios y personas que tienen una posesión, y no vamos a respaldar que la Agencia Nacional de Tierras arrebate derechos solo con una resolución o un acto administrativo”, enfatizó.

El proyecto de jurisdicción agraria

El proyecto de Ley busca definir las competencias y el funcionamiento de la Jurisdicción Agraria y Rural, así como establecer un procedimiento especial para resolver conflictos sobre uso, tenencia y aprovechamiento de la tierra, en desarrollo del Acuerdo Final de Paz y del Acto Legislativo 03 de 2023, que creó esta jurisdicción especializada.

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El artículo 9 del proyecto fija las competencias de los tribunales agrarios y rurales en primera instancia, incluidas materias como expropiación agraria, procesos sobre tierras y controversias relacionadas con la propiedad y la tenencia. En teoría, estas decisiones tendrían doble instancia y control judicial reforzado.

Sin embargo, el debate se ha concentrado en el alcance real de esas competencias y en el equilibrio entre decisiones judiciales y decisiones administrativas. El Instituto de Ciencia Política Hernán Echavarría Olózaga (ICP) y otros centros de estudio han advertido que, tal como está redactado el proyecto, se corre el riesgo de concentrar demasiado poder en la ANT y debilitar el control de los jueces sobre procesos sensibles como recuperación de baldíos, reversión o revocatoria de adjudicaciones y otras actuaciones administrativas sobre tierras.

Las posiciones del Gobierno

El Gobierno, por su parte, sostiene que la jurisdicción agraria es una pieza clave para cumplir el Acuerdo de Paz y destrabar miles de procesos de tierras represados por falta de jueces especializados. Documentos del Ministerio de Agricultura explican que la nueva jurisdicción busca que conflictos agrarios sean resueltos por jueces y magistrados con formación específica en la materia, y niegan que el proyecto autorice una “expropiación exprés” o sin control judicial.

La cartera agropecuaria también ha defendido que algunas facultades administrativas de la ANT son necesarias para recuperar baldíos ocupados de manera irregular, insistiendo en que siempre habría posibilidad de revisión posterior por parte de la jurisdicción agraria y de la Corte Constitucional.

Mientras el proyecto sigue su trámite en el Congreso, posiciones como la de Eliécer Salazar se suman a las voces de gremios y centros de pensamiento que piden revisar a fondo el alcance del artículo 9 y las facultades de la ANT. El desenlace de este debate definirá hasta dónde llegará el nuevo modelo de justicia agraria y cómo se equilibrarán la reforma rural con la protección de los derechos de los propietarios en el campo colombiano.

Por Deivis Caro

Temas tratados
  • Agencia Nacional de Tierras (ANT)
  • José Eliécer Salazar
  • Jurisdicción Agraria y Rural

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