VALLEDUPAR

Confirman millonaria condena contra el Hospital Eduardo Arredondo por muerte de un menor

En la sentencia se ordenó una medida de reparación por perjuicios morales a favor del núcleo familiar del menor.

web-Hospital Eduardo Arredondo Daza de Valledupar.web-

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El Tribunal Administrativo del Cesar dejó en firme la decisión que declara responsable al Hospital Eduardo Arredondo Daza por la muerte de un niño hace 14 años. La sentencia de segunda instancia, emitida el 28 de mayo de 2026 y conocida en primicia por EL PILÓN, ratifica que la institución médica cometió fallas al no diagnosticar ni tratar a tiempo una meningitis bacteriana en agosto de 2012.

En la sentencia, el magistrado relata que los padres llevaron al bebé a la urgencia el 27 de julio con fiebre y supuración en el oído. El personal médico lo envió a casa con analgésicos tras diagnosticar una otitis. 

Para el 12 de agosto, el niño regresó al hospital con un estado de salud comprometido. En esta atención se le suministró un medicamento llamado dipirona, el cual está contraindicado en niños menores de un año. Pasaron varias horas para que el personal ordenara su remisión a un centro de mayor complejidad. Cuando ingresó a la Clínica Laura Daniela en horas de la tarde, el paciente presentaba un compromiso neurológico y un choque séptico. A pesar de que el equipo de la clínica inició el tratamiento, el menor falleció el 14 de agosto de 2012. El juzgado absolvió a esta última clínica al determinar que sus profesionales actuaron conforme a los protocolos, pero el niño llegó en una condición que redujo sus probabilidades de supervivencia. 

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La apelación 

El hospital apeló la condena inicial bajo el argumento de que los familiares del niño no presentaron un peritaje médico en la demanda y criticó que el juez utilizó las pruebas aportadas por la Clínica Laura Daniela para fallar en su contra. 

Los magistrados del tribunal desestimaron este recurso al explicar el principio de comunidad de la prueba, el cual establece que una vez un elemento probatorio ingresa al sumario, le pertenece al proceso para buscar la verdad y no a la parte que lo aporta. La sala concluyó que el hospital tuvo los plazos legales para defenderse con sus propios peritos y se abstuvo de hacerlo.

Con esta confirmación judicial, la entidad de salud deberá pagar una indemnización por perjuicios morales a la familia del menor, que fue representada por la firma Junieles Bufete de Abogados, en cabeza del reconocido abogado Antonio Junieles.  La reparación mantiene la distribución estipulada en la primera instancia, ordenando el pago de 100 salarios mínimos para el padre, 100 salarios mínimos para la madre, y 50 salarios mínimos para cada uno de sus ocho hermanos y tres abuelos. La sumatoria total de la condena alcanza los 750 salarios mínimos, cifra que asciende a $1.300 millones de pesos para reparar el daño causado al núcleo familiar.

Temas tratados
  • Hospital Eduardo Arredondo Daza
  • Junieles Bufete de Abogados
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