Finagro – como administrador del PRAN – ha promovido a través de apoderado judicial más de 100 procesos ejecutivos a los agricultores y ganaderos del departamento del Cesar que se acogieron al decreto 967 del año 2000 que creó el Programa de Reactivación Agropecuaria Nacional.
Esto significa que el Gobierno Nacional decidió ponerle fin a los plazos establecidos en la reestructuración de esas viejas deudas. De los 1010 pequeños y medianos productores que se beneficiaron del PRAN, sólo 70 se acogieron a la prorroga automática del decreto 4222 del 23 de noviembre de 2005, lo que indica que viene una avalancha de demandas ejecutivas para los juzgados civiles del departamento del Cesar del orden de 800 procesos ejecutivos.
Todavía no ha cundido el pánico judicial y económico, porque el representante judicial de Finagro, en los primeros 100 negocios se equivocó en el conducto judicial y presento las demandas en los Juzgado del Circuito Administrativos; pero ese error de procedimiento ha sido subsanado, y, en consecuencia, ya empiezan a llegar a los Juzgados Civiles de Valledupar los procesos del PRAN con sus consabidos embargos y remates judiciales.
El martes 6 de junio del año de 2006, escribí un largo artículo publicado en este mismo periódico titulado ‘Reactivación agropecuaria y vencimientos de los pagarés del PRAN’ que terminaba preguntando, ¿qué tendrá programado Finagro para hacerle frente a los vencimientos de los pagarés, sobre todo los productores que no se acogieron a la prórroga automática ¿Fue necesario esperar casi 500 días para conocer lo que cocinaba Finagro y el plato judicial tiene su nombre: demandas ejecutivas con los pagarés reestructurados vencidos.
Como recomendación para los que no tienen como pagar el PRAN opino que frente a este hecho cumplido (las demandas ejecutivas), los demandados no pueden descuidar los procesos so pena de perder sus bienes. No estoy en contra de las reuniones gremiales, ni de la presión del sector agropecuario ante el Gobierno Nacional para conseguir una solución total al problema, pero en tanto no se de el gran arreglo colectivo, cada demandado debe estudiar con su asesor jurídico el tipo de defensa a interponer para intentar salvar los bienes comprometidos con ese mal arreglo que fue el PRAN.
Carlos Alberto Céspedes Martínez