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En La Paz:
Multarán a propietarios de lotes enmontados
02/07/2008

Varias medidas para preservar la salubridad en el municipio de La Paz adoptó la Administración Municipal, según decreto 065 del mes de junio del presente año. Así lo dio a conocer el secretario de Gobierno y Desarrollo Comunitario, Indalecio Riveira Guerra, quien es el encargado de socializar la disposición con propietarios de las casas, mejoras y lotes enmontados que están dentro del perímetro urbano de la población.

El decreto dice que los propietarios de los lotes enmontados están obligados a la limpieza y mantenimiento del bien inmueble y de las zonas verdes al igual que el barrido de elementos inservibles, residuos sólidos, ya que estos son los sitios apropiados para la proliferación del mosquito que produce el dengue clásico y hemorrágico.

Las personas una vez conocedoras del decreto están obligadas a limpiar los lotes en un plazo de siete días calendario, a partir de la notificación personal que se le hará al infractor, de no encontrarse el propietario en su residencia la comunicación se realizará por estado.

El funcionario municipal manifestó que quienes incumplan o contravengan lo dispuesto serán sancionados con multas que van de un día de salario diario del mínimo legal hasta tres salarios mínimos legales mensuales vigentes tasado según la ubicación del predio, valor o avalúo del mismo o el área o estrato social.

El titular de la cartera de Gobierno de La Paz recalcó que el compromiso de mantener limpio el municipio es de todos, por lo que pidió a la comunidad en general denunciar a los propietarios de los lotes enmontados, al igual que a los dueños de residencias que tienen sus jardines y antejardines llenos de malezas.

En caso de que el infractor persista en el incumplimiento de sus obligaciones determinadas en el decreto el Gobierno local se encargará de ejecutar las obras de limpieza o cerramiento según el caso y la multa se hará efectiva por jurisdicción coactiva sirviendo de merito ejecutivo o de lo contrario el afectado cumplirá con lo estipulado en el artículo 218 del código Nacional de Policía.
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