Desde el pasado 1 de enero de 2012 se implementó la Ley 1448 o de Víctimas y Restitución de Tierras, la cual establece los mecanismos de asistencia, atención y reparación integral a las víctimas. Esta es sin duda una de las apuestas más ambiciosas del presidente Juan Manuel Santos y será un proceso que durará alrededor de 10 años en los cuales se espera que Colombia pueda lograr la reparación y la reconciliación con sus víctimas del conflicto armado.
Esta ley que comenzó a tener vida este año, espera indemnizar a cerca de cuatro millones de afectados por la violencia en hechos ocurridos antes del 1 de enero de 1985, y ejecutar la restitución de tierras para los desplazados después de 1991.
La Ley tiene tres componentes fundamentales: la definición de los montos de las indemnizaciones las cuales se establecerán por vía administrativa. Cada víctima recibirá entre 9 y 21 millones de pesos, los cuales serán entregados a quienes inviertan en educación, tierras o en un proyecto productivo. También se creará el Sistema de Registro Único de Víctimas, que es la “puerta de acceso” para quienes quieren ser beneficiados con la Ley y que todavía no se han inscrito. Las víctimas tendrán un plazo de 4 años para realizar el proceso de inscripción. El tercer componente es la garantía de no repetición, con lo cual se busca crear Observatorios para identificar a las poblaciones en riesgo.
Enfoques de La Ley
Según la reglamentación de la Ley, se presentan varios énfasis en cuanto a la orientación que se le quiere dar. Enfoque humanitario con lo cual se pretende brindar atención de manera solidaria de acuerdo a las necesidades de riesgo de los afectados con el fin de brindar soporte humanitario, trato respetuoso e imparcial; el enfoque de desarrollo humano que propenderá por generar contextos socio-económicos seguros en los cuales las personas puedan potenciar sus capacidades y reducir la vulnerabilidad ocasionada por el conflicto armado; el enfoque de derechos que tiene como finalidad el restablecimiento de los derechos individuales y colectivos; enfoque transformador que busca eliminar los esquemas de discriminación y marginación que contribuyeron a la victimización, lo que supone que transformadas dichas condiciones se evita la repetición de los hechos y se sientan las bases para la reconciliación en el país, y por último, el enfoque de daño o afectación que busca reducir y propender por solventar los impactos ocasionados por las violaciones del Derecho Internacional Humanitario o las violaciones graves a los derechos humanos.
Diálogo social y verdad
También se busca por medio de esta Ley la generación de espacios públicos de la profundización de la democracia en el marco de la Justicia Transicional, lo cual quiere decir que entendido la reconciliación como un proceso, se genere un diálogo entre las víctimas, la sociedad civil, las instituciones y demás actores sociales que permita avanzar en la búsqueda de la verdad, el respeto de los derechos humanos y la construcción de la memoria histórica.
En tal sentido, es necesario que la institucionalidad y los distintos sectores sociales participen de la política, se tiendan puentes de confianza para reconstruir el tejido social y la construcción de la ciudanía de los territorios.
Para garantizar la verdad de los hechos, se creará el Centro de Memoria Histórica que busca reconstruir lo que pasó, dónde y cómo para que las víctimas sean reconocidas en su dolor histórico.






