Publicidad
Categorías
Categorías
Política - 5 noviembre, 2010

Empréstito de 36 mil millones de pesos para agua potable está “en el limbo”

Juez ordena suspensión del Acuerdo Municipal El Juzgado Primero Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar ordenó al Concejo de Valledupar la suspensión temporal del Acuerdo Municipal No. 004 del 16 de abril de 2010, por medio del cual se autoriza al Alcalde para comprometer un porcentaje de los recursos del Sistema General de Participación mediante […]

Juez ordena suspensión del Acuerdo Municipal

El Juzgado Primero Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar ordenó al Concejo de Valledupar la suspensión temporal del Acuerdo Municipal No. 004 del 16 de abril de 2010, por medio del cual se autoriza al Alcalde para comprometer un porcentaje de los recursos del Sistema General de Participación mediante la pignoración del flujo de caja de dichos recursos en las próximas 20 vigencias fiscales.
Esta decisión también obliga a la suspensión inmediata de cualquier trámite o proceso administrativo tendiente a cumplir las facultades otorgadas en el Acuerdo Municipal relacionado con el empréstito por 36 mil millones de pesos con el que se adelantarían obras para el mejoramiento de la prestación del servicio de agua potable y saneamiento básico en el Municipio de Valledupar, especialmente en la zona rural.
Luego de negar las medidas previas solicitadas por la accionante de una acción popular que pretende que se decrete la nulidad de todos los actos administrativos relacionados con la autorización dada al Alcalde de Valledupar para comprometer un porcentaje de los recursos del SGP para el sector de agua potable y saneamiento básico, el juez Primero Municipal, Jaime Alfonso Castro Martínez, se pronunció sobre el recurso de reposición interpuesto por la demandante, Angélica Milena Mieles Sena, contra el auto fechado el 22 de septiembre de 2010.
Según el Juez, en vista de que las pruebas necesarias para decretar las medidas previas ya fueron allegadas al proceso, se ordenaron las medidas previas solicitadas sobre todo para evitar que se presente detrimento patrimonial del municipio de Valledupar, mientras se resuelve definitivamente la acción popular que fue impetrada el 4 de junio de 2010.
Aunque el Juez Primero Administrativo en su decisión fechada el 28 de octubre de 2010, resuelve no reponer el auto fechado el 22 de septiembre, sí ordena la suspensión del Acuerdo Municipal; igualmente, ordena al alcalde de Valledupar, Luis Fabián Fernández Maestre, suspender en forma inmediata cualquier proceso o trámite administrativo tendiente a cumplir las facultades otorgadas en el Acuerdo No. 004, hasta tanto se ejecutoríe la correspondiente sentencia que ponga fin al proceso.
La decisión también ordena suspender en forma inmediata el proceso o trámite de contratación que afecte el dinero correspondiente al crédito efectuado el 14 de mayo de 2010 por valor de 36 mil 765 millones 376 mil 531 pesos, con ocasión del contrato de crédito suscrito entre el Municipio de Valledupar y el Fideicomiso Grupo Financiero de Infraestructura 2008-1, y por último, ordena a la Directora de Gestión de Negocios Fiduciarios y al representante legal de la Alianza Fiduciaria, empresa de la Organización De Lima, que se abstenga de girar cualquier suma de dinero perteneciente al crédito.
EL PILÓN conoció que esta decisión deja ‘paralizadas’ todas las acciones administrativas que estaban en proceso en la empresa Emdupar para iniciar con los proyectos de agua potable; sin embargo, no afectan el erario público ni sus compromisos institucionales.

Política
5 noviembre, 2010

Empréstito de 36 mil millones de pesos para agua potable está “en el limbo”

Juez ordena suspensión del Acuerdo Municipal El Juzgado Primero Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar ordenó al Concejo de Valledupar la suspensión temporal del Acuerdo Municipal No. 004 del 16 de abril de 2010, por medio del cual se autoriza al Alcalde para comprometer un porcentaje de los recursos del Sistema General de Participación mediante […]


Juez ordena suspensión del Acuerdo Municipal

El Juzgado Primero Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar ordenó al Concejo de Valledupar la suspensión temporal del Acuerdo Municipal No. 004 del 16 de abril de 2010, por medio del cual se autoriza al Alcalde para comprometer un porcentaje de los recursos del Sistema General de Participación mediante la pignoración del flujo de caja de dichos recursos en las próximas 20 vigencias fiscales.
Esta decisión también obliga a la suspensión inmediata de cualquier trámite o proceso administrativo tendiente a cumplir las facultades otorgadas en el Acuerdo Municipal relacionado con el empréstito por 36 mil millones de pesos con el que se adelantarían obras para el mejoramiento de la prestación del servicio de agua potable y saneamiento básico en el Municipio de Valledupar, especialmente en la zona rural.
Luego de negar las medidas previas solicitadas por la accionante de una acción popular que pretende que se decrete la nulidad de todos los actos administrativos relacionados con la autorización dada al Alcalde de Valledupar para comprometer un porcentaje de los recursos del SGP para el sector de agua potable y saneamiento básico, el juez Primero Municipal, Jaime Alfonso Castro Martínez, se pronunció sobre el recurso de reposición interpuesto por la demandante, Angélica Milena Mieles Sena, contra el auto fechado el 22 de septiembre de 2010.
Según el Juez, en vista de que las pruebas necesarias para decretar las medidas previas ya fueron allegadas al proceso, se ordenaron las medidas previas solicitadas sobre todo para evitar que se presente detrimento patrimonial del municipio de Valledupar, mientras se resuelve definitivamente la acción popular que fue impetrada el 4 de junio de 2010.
Aunque el Juez Primero Administrativo en su decisión fechada el 28 de octubre de 2010, resuelve no reponer el auto fechado el 22 de septiembre, sí ordena la suspensión del Acuerdo Municipal; igualmente, ordena al alcalde de Valledupar, Luis Fabián Fernández Maestre, suspender en forma inmediata cualquier proceso o trámite administrativo tendiente a cumplir las facultades otorgadas en el Acuerdo No. 004, hasta tanto se ejecutoríe la correspondiente sentencia que ponga fin al proceso.
La decisión también ordena suspender en forma inmediata el proceso o trámite de contratación que afecte el dinero correspondiente al crédito efectuado el 14 de mayo de 2010 por valor de 36 mil 765 millones 376 mil 531 pesos, con ocasión del contrato de crédito suscrito entre el Municipio de Valledupar y el Fideicomiso Grupo Financiero de Infraestructura 2008-1, y por último, ordena a la Directora de Gestión de Negocios Fiduciarios y al representante legal de la Alianza Fiduciaria, empresa de la Organización De Lima, que se abstenga de girar cualquier suma de dinero perteneciente al crédito.
EL PILÓN conoció que esta decisión deja ‘paralizadas’ todas las acciones administrativas que estaban en proceso en la empresa Emdupar para iniciar con los proyectos de agua potable; sin embargo, no afectan el erario público ni sus compromisos institucionales.