ECONOMÍA

Consumidores ya no podrán ser ‘engañados’

* La ley regula la responsabilidad por productos defectuosos, falta de eficiencia o calidad, publicidad engañosa, entre otros.   Desde el jueves entró en marcha la Ley 1480 o Estatuto del Consumidor que fue aprobada por el Congreso de la República en agosto de 2011 y que brinda a los consumidores nuevas herramientas para quejarse […]

Consumidores ya no podrán ser ‘engañados’

Consumidores ya no podrán ser ‘engañados’

Por:

@el_pilon

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* La ley regula la responsabilidad por productos defectuosos, falta de eficiencia o calidad, publicidad engañosa, entre otros.

 

Desde el jueves entró en marcha la Ley 1480 o Estatuto del Consumidor que fue aprobada por el Congreso de la República en agosto de 2011 y que brinda a los consumidores nuevas herramientas para quejarse cuando sientan que la calidad de los bienes y/o servicios que adquieren no corresponde a lo anunciado al momento de la venta.

La Superintendencia de Industria y Comercio es la entidad encargada de velar por los derechos del consumidor, con el fin de darle un mejor entendimiento a los contenidos, derechos, novedades e impacto que tiene este nuevo Estatuto.

 

El Estatuto de Protección al Consumidor es una norma que consagra los derechos de los consumidores y los mecanismos a través de los cuales se hacen efectivos dichos derechos.

 

La expedición y entrada en vigencia del Estatuto constituye un paso del Gobierno Nacional de hacer parte de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE). Además de convertir a Colombia en un país líder en Latinoamérica en el reconocimiento y protección de los derechos de los consumidores.

 

Entre los principales temas se destacan el régimen de calidad, idoneidad y seguridad de productos, la efectividad de las garantías de los bienes y servicios, la responsabilidad por daños por producto defectuoso, la protección contra la información y publicidad engañosa, comercio electrónico,  aspectos contractuales, dentro de los que se encuentran  los contratos de adhesión y las clausulas abusivas, las ventas a distancia y los servicios de financiación.

 

Con el nuevo régimen de protección al consumidor, los responsables, además de estar obligados a solucionar el problema particular y concreto de los consumidores,  podrán ser acreedores de sanciones hasta por dos mil (2.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

 

 

ABC del Estatuto

 

Dentro de los principios generales, esta Ley, que beneficia a todos los colombianos, decreta:

 

–              La protección de los consumidores frente a los riesgos para su salud y seguridad

–              El acceso de los consumidores a una información adecuada, de acuerdo con los términos de esta Ley, que les permita hacer elecciones bien fundadas.

–              La educación del consumidor

–              La libertad de constituir organizaciones de consumidores y la oportunidad para esas organizaciones de hacer oír sus opiniones en los procesos de adopción de decisiones que las afecten.

–              La protección especial a los niños, niñas y adolescentes, en su calidad de consumidores, deacuerdo con lo establecido con el código de infancia y adolescencia.

 

 

Quejas más frecuentes

 

Según las estadísticas de la Superintendencia, la clasificación de las quejas que más reciben lo lidera el servicio de telefonía móvil, en lo que concierne a planes, facturas, cambio de operador, servicio de rooming, entre otros.

 

Estas quejas, son seguidas por la compra de aparatos electrónicos y electrodomésticos, como lavadoras, televisores, neveras, equipos, sobre los que el principal inconformismo es la calidad.

 

El tercer lugar del ranking, es para el sector de vehículos, cuyas quejas más comunes son referentes con los motores, aceite, la garantía y la responsabilidad de los concesionarios con las mismas.

 

En contraste, otros productos como las prendas de vestir, calzado y otros objetos de uso personal, son los que menos registran reclamaciones de acuerdo a la Superintendencia.

 

 

Alternativas de conciliación

 

Uno de los nuevos canales que ha dispuesto la Superintendencia de Industria y Comercio-SIC- para recibir las quejas de los compradores, es el internet. El organismo de control, anunció el montaje de una plataforma tipo Sky, para hacer mediación virtual, con la cual entra a fijar citas a una hora determinada, en la que el proveedor de un artículo accede a la página de la SIC y a la par ingresa un conciliado y el comprador.

De esta manera, el usuario, el comerciante y delegado de la Superintendencia, se reúnen en un sitio, sin necesidad de encontrarse físicamente y así, podrán solucionar casos con cualquier municipio del país. Este programa entraría a funcionar en junio.

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